jueves, 13 de noviembre de 2014

Transporte De Camiones Explosivos

Aspectos a Considerar
·         Cantidad de explosivos por trasladar.

·          Características y condiciones del embalaje, considerando especialmente dimensiones de cajas.

·          Acondicionamiento de la carga, de manera de asegurar que el transporte y la descarga sea fácil y segura.

·          Naturaleza y características de la carga, de acuerdo con los requerimientos específicos de la faena minera por despachar.

·          Características del medio en que se efectuará el transporte. Esto significa disponer de camiones habilitados y autorizados para tal propósito.

Es requisito básico para proceder al embarque de explosivos tener la Guía Libre de Tránsito (G.L.T.), que es otorgada por la Autoridad fiscalizadora correspondiente al lugar donde se utilizará el explosivo. La G.L.T debe ser firmada y timbrada en todos los controles de Carabineros existentes en la ruta, indicándose la fecha y hora del control.
Finalizado el transporte, la G.L.T se entrega a la Autoridad fiscalizadora que autorizó la compra, la que verifica si se efectuaron todos los controles de carretera.
Medidas de seguridad en el transporte de explosivos:


Carga de explosivos
·         La carga máxima admisible es de 30 toneladas de explosivos, de las cuales hasta el 60% puede ser equivalente a dinamita.
·          La carga debe estar firmemente asegurada, de modo de evitar choques y fricciones entre los envases de explosivos.
·          La carga debe estar cubierta con una lona gruesa incombustible que la proteja del sol, humedad o chispas.
Vehículos y su circulación
 Todo camión que transporte explosivos debe llevar en ambos costados un letrero visible de 20 x 80 cm que diga EXPLOSIVOS, en letras de por lo menos 15 cm de alto, de color negro.
 En astas ubicadas en la parte delantera y posterior del camión debe instalarse una bandera de 40 por 40 cm con dos franjas verticales iguales, una amarilla y otra negra. La amarilla debe situarse junto al asta.
 El camión debe estar cargado de combustible antes de proceder al carguío del explosivo. En caso de necesidad de re-abastecimiento durante el viaje, se debe conectar el camión a tierra y despejar la zona en un radio de 10 metros.
En casos de tempestad eléctrica, el camión debe detenerse en un lugar despoblado, y los tripulantes deben retirarse y alejarse a un sitio donde no corran riesgos.

 Debe evitarse el tránsito por ciudades. De no ser posible, se debe circular por las zonas menos pobladas y en las horas de menor movimiento. La velocidad máxima es de 60 km/h.



Seguridad del transporte
  •  La seguridad del transporte está a cargo de vigilantes privados, los que son autorizados previamente por la Autoridad fiscalizadora.
  •  No se exige protección del transporte cuando el peso neto del explosivo es inferior a 500 kg, con un equivalente a dinamita del 60%.
El explosivo y su manejo
  •  El explosivo se debe encontrar en buenas condiciones, bien embalado, en cajas de madera o cartón, indicando en su parte exterior el tipo y su peso neto.
  •  La carga y descarga deben ser dirigidas por personas que posean Licencia de manipuladores de explosivos.
  •  Los explosivos no deben ser transportados junto con los iniciadores o cualquier otro producto inflamable o de fácil combustión. Las excepciones son debidamente autorizadas por la Autoridad fiscalizadora.
  •  Las operaciones de carga y descarga deben efectuarse con luz natural, salvo en casos especiales.
Personal a cargo
  •  Tanto al personal a cargo del transporte como al que participa en el transporte de los explosivos les está estrictamente prohibido fumar.
  •  A su vez, tampoco pueden tener en su poder fósforos, encendedores, velas y, en general, cualquier producto capaz de producir chispas o llamas.
  • Infraestructura y equipamiento
  •  Antes de la carga, y después de la descarga del explosivo, los equipos, vagones o bóvedas deben ser cuidadosamente aseados.
  •  En las operaciones de carga, descarga y aseo, los equipos y vagones deben estar frenados y acuñados, y conectados a tierra mediante un cable conductor de cobre.

Procedimiento De Transporte De Explosivos
Transporte de los Explosivos.
·         El camión que transporte explosivos debe ser aprovisionado de combustible con anterioridad del carguío de explosivos. En caso de necesidad de reabastecimiento de combustible durante el viaje, se deberá conectar el camión a tierra y despejar el área un radio mínimo de 10 metros. El conductor debe bajarse del camión observar la tarea, poner el freno de mano, no fumar y apagar celular.

·         Todo embarque debe contar con una Guía de Libre Tránsito, extendida por la Autoridad Fiscalizadora correspondiente al lugar donde se utilizará el explosivo. Esta guía junto con individualizar al conductor y a quienes deben acompañarlos, identificará las características del vehículo, indicar el o los tipos de explosivo que transporta y el peso neto.


·         La Guía de Libre Tránsito debe ser timbrada y firmada por todos los controles de Carabineros existentes en la ruta, indicando la hora y fecha en que se efectuó este control.

·         La selección de los conductores de vehículos que trasportan explosivos y sus relevos, será cuidadosamente realizada por las empresas del fabricante o transportistas, según el caso y solo podrán actuar en esta actividad con el V° B° de la autoridad fiscalizadora que extiende la guía de libre tránsito. En todo caso se debe demostrara conocimientos generales sobre el transporte de explosivos.

·         Deben someterse a una minuciosa selección de personal, los vigilantes privados o encargados de proteger el trasporte, a los cuales se les entregará una credencial que certifiquen la misión que cumplen y con ella deberán identificarse ante cualquier requerimiento que se les haga en los controles de carabineros en la carretera, mostrando además el permiso para portar armas.

·         La velocidad máxima de desplazamiento debe ser la estrictamente fijada por la autoridad para cada tramo del camino.

·         Se debe evitar el tránsito de camiones con explosivos por las vías de las ciudades. Si no fuera posible evitarlo, se efectuará por las partes menos pobladas y en las horas de menor movimiento y con escoltas.

·         En caso de tempestad eléctrica el camión debe detenerse en un lugar despoblado, retirándose las personas que lo tienen a su cargo a un sitio cubierto de los riesgos de una explosión y de las descargas eléctricas.


·         La alimentación del personal a cargo del vehículo será llevada, en lo posible, por cada persona. Las detenciones para alimentación y descanso se harán en lugares donde no exista peligro para personas, edificios o instalaciones y en ningún momento se dejará sin vigilancia el camión o vehículo.

·         El explosivo que se transporte debe encontrarse en buenas condiciones de estabilidad, convenientemente embalado en cajas de madera o cartón resistentes a la deformación, indicando en su parte exterior el tipo de explosivo y su peso neto.
Los altos explosivos no deben ser transportados juntos con aquellos que tengan el carácter de iniciadores, tales como estopines, detonadores o cualquier otro elemento inflamable o de fácil combustión.
·         Sólo con la autorización y control de la autoridad fiscalizadora SERNAGEOMIN se podrá trasportar en un mismo vehículo, detonadores y altos explosivos. Para estos efectos, los primeros deben llevarse en una caja metálica, sólida y forrada interiormente con goma, fieltro u otro material similar, separada del resto de los explosivos por un elemento amortiguador (sacos de arena, fardos de paja, etc). También deberán ser autorizados por el Servicio los vehículos que transportan materias primas y que preparan el explosivo al momento de cargar el disparo.

·         Se prohíbe estrictamente el traslado de pasajeros en el vehículo que transporta explosivos. Sólo podrán viajar los chóferes en la cabina y nadie sobre la carga.

·         No se exigirá protección del transporte cuando el peso neto del explosivo sea inferior a 500 kilogramos, equivalentes a dinamita 60%.

·         El trasporte de explosivo, se regirá por lo dispuesto en el Reglamento interno, sin perjuicio de lo dispuesto en el Decreto N°72, del Reglamento de Seguridad Minera.

·         En las áreas de Pascua Lama, es decir, en la Mina, la escolta será realizada de la siguiente manera:

1.    Desde la barrera hasta polvorín principal por personal de Protección Industrial.

·         Se podrán transportar detonadores eléctricos sólo en cajones originales completos o en receptáculos aislantes cerrados que eviten toda posibilidad de contacto con elementos ferrosos e inducción de corrientes extrañas.

Requisitos de los Vehículos.
·         Los camiones que transportan explosivos, sea en forma habitual u ocasional, deberán contar con un certificado de revisión técnica emitido por un garaje autorizado por la Municipalidad, en que conste el buen estado general del vehículo. Reglamento interno para transporte, manipulación, uso y almacenamiento de explosivos Código : SS-RPL-004

·         Los sistemas eléctricos, motor, frenos, sistema de combustión, suspensión, neumáticos, tubo de escape y carrocería, deben estar en perfecto estado y con conexión a tierra mediante una cadena de arrastre u otro sistema aprobado. La posibilidad de chispas por rozamiento será eliminada aplicando al camión o vehículo un revestimiento interno de aluminio, cobre, goma o madera, con fijación de metal no ferroso.

·         Se usará solamente camiones petroleros, con piso de madera y barandas cubiertas de maderas, goma, cobre o aluminio.

·         Los vehículos deben llevar como mínimo dos (2) extintores del tipo "Polvo Químico Seco", de 10 kgs, cada uno, con sus certificados de carga vigente. Para estos efectos dichos certificados tendrán una duración máxima de tres meses.

·         Los vehículos deben contar con silenciador, colector de chispas, el tubo de escape debe estar recubierto y poseer además un interruptor que corte la energía desde la batería. La carrocería y barandas deben estar revestidas con madera, goma, aluminio o cobre, con fijación de metal no ferroso.

·         Se podrá cargar hasta el 80% de la capacidad total de carga del vehículo, de modo que se eviten choques o fricciones entre los envases de los explosivos. Además debe estar cubierta con una lona gruesa incombustible y antiestática, que la proteja del sol, humedad o chispas que puedan afectarla cuando el camión sea abierto. Se podrá utilizar el 100% de su capacidad en los casos expresamente autorizados por SERNAGEOMIN.

·         Cuando se empleen camiones u otros vehículos para el transporte de explosivos en las faenas mineras, la distancia mínima entre ellos será de cien (100) metros y su velocidad máxima debe ser aquella que permita al conductor mantener siempre en control del vehículo ante cualquier contingencia. Para ello se sugiere.
A:  Camino asfaltado: 50 kms/hora
B: Caminos de tierra: 30 Kms/hora
C: Con nieve o hielo: 10 Kms/hora.

·         El vehículo que transporte explosivos podrá llevar, si es necesario, una baliza con luz de color amarilla, ya sea en el techo o sobre una pértiga, la que se hará funcionar cuando transporte carga.
·         Los vehículos usados en el transporte de explosivos deben estar al día en sus programas de mantención. Estos vehículos se deberán mantener en perfectas condiciones mecánicas, llevándose para tal efecto una bitácora de mantención y un listado de verificación que el conductor estará obligado a inspeccionar antes de su utilización.

·         Todo vehículo que transporte explosivos debe llevar en ambos costados un letrero visible de 20 x 80 cms. que diga EXPLOSIVOS escrito con letras de a lo menos 15 cms. de alto, Reglamento interno para transporte, manipulación, uso y almacenamiento de explosivos Código : SS-RPL-004 de color negro sobre fondo amarillo. Deberá llevar a su vez, en la parte delantera y posterior, sujetas en un asta proporcional dos banderas de 40x40 cms, compuesta de dos franjas verticales de iguales dimensiones, una amarilla y otra negra, la primera junto al asta.

·         Se prohibe estrictamente fumar mientras se conduce un vehículo cargado con explosivo. Esta prohibición es tanto para el conductor como su acompañante.

MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE DE EXPLOSIVOS.
En el transporte de explosivos se tomarán las siguientes medidas de seguridad
·         Los explosivos a base de productos nitrados, en general, no podrán ser transportados ni almacenados conjuntamente con detonadores, pólvora, mechas o guías, excepto si la distancia es corta. Tanto los envases de dinamitas como los de pólvora, deberán quedar perfectamente ajustados, a fin de impedir todo el desplazamiento durante el proyecto.

·         Todo vehículo empleado en el transporte de explosivos, deberá mantenerse limpio y ser previamente inspeccionado.

·         El transporte y almacenaje de cajoneo de dinamita, se hará colocándolo en posición tendida. Los cubiletes ( barrilitos ) de pólvora se colocarán de modo que el tapón o cerradura quede hacia arriba.

·         Todo vehículo que transporte explosivos o materias inflamables, deberá ser previsto de dos o más extinguidores para apagar oportunamente todo principio de incendio, los que debe acompañarse de instrucciones claras y precisas sobre su empleo y renovación de su cargo.

·         Todo vehículo motorizado que transporta estas materias, deberá arrastrar una cadena de hierro (toma tierra ) para descargar la electricidad estática de la masa del vehículo.

·         Se recomienda al personal que transporta pólvora, cubrir ésta con telas incombustibles y que en el transporte corriente empleen angarillas, manejadas por dos hombres. Entre dos angarillas vecinas dabe dejarse una distancia mínima de 5 metros. Los individuos no deben llevar consigo sustancias inflamables, como los fósforos. En el camino por recorrer hay que apagar previamente todo fuego y cigarrillos. Debe impedirse el derrame o reguero de pólvora.

·    Quedan prohibido llevar detonadores sueltos en los bolsillos o en los bolsones de herramientas.

·         En los cajones que se transporten o guarden cargas explosivas, se recomienda emplear clavos de madera, de cobre o galvanizados.

·         Los envases en que se transportan explosivos, deberán llevar un letrero bien visible, que advierta a todos el peligro inherente.

·         El detonador debe protegerse en tal forma que no se puedan producir encendidos prematuros, aún cuando sobrevengan movimientos bruscos durante el transporte. Reglamentos de Explosivos 8

·         En ningún caso debe transportarse o almacenarse dinamita u otros explosivos que se encuentran previstos de detonador. Los ya preparados en lugar determinado deben usarse o destruirse en un mismo lugar.

·         El transporte de explosivos a obras situadas en galerías o túneles se hará en cartuchos y en cajas cerradas de maderas. Cada caja deberá contener una sola clase de explosivos.

·         Se prohibe el transporte simultáneo de cualquier otra mercadería que no sea inerte o que pueda producir chispas en un camión que transporta explosivos. Las herramientas y repuestos del camión, deben ir en la cabina del camión.

·         El camión que transporta explosivos, debe en lo posible mantenerse a prudente distancia de otros vehículos y de edificios. Jamás debe estacionarse cerca de cables de alta tensión o de antena de radioemisoras y otras instalaciones que puedan producir descargas eléctricas. Tampoco deben estacionarse cerca de motores y fogones en general, nunca donde haya fuego o donde puedan originarse llamas o chispas.

·         El encargado de tronadura, antes de efectuar cualquier operación de carga o descarga de un camión o transborde, deberá establecer los límites del respectivo sector de seguridad y las señales de peligro correspondiente. Dicha persona será también responsable de las condiciones de disciplina y de sobriedad del personal que intervenga en estas operaciones.

·         Cuando se cargue o se descargue explosivos, el camión deberá estar con el motor apagado. Se cargará y descargará los explosivos desde una distancia mínima de 15 metros, excepto en el caso del nitrato de amonio, en cuyo caso las distancias podrán reducirse a 6 metros.

·         Se podrá transportar hasta el 80% de la capacidad de carga autorizada y registrada para el camión.

·         En ningún caso se transportará en el camión destinado al transporte de explosivos, materiales inflamables, lubricantes, etc. En el caso de transportar nitrato de amomio preparado con petróleo, se extenderá sobre el piso de los Reglamentos de Explosivos 11 carrocería una cubierta de material impermeable para impedir que se impregne la madera con petróleo, si el camión no está recubierto de planchas de cobre.

·         El transporte de explosivos dentro de la Mina se hará prefiriendo caminos sin tránsito de camiones y en las horas de menos congestión Se prohibe de transitar con explosivos por la plataforma del ferrocarril, zona de oficinas y maestranza.


·         Está prohibido transportar en camiones :
- Dinamita que tenga un absorbente insuficiente o no satisfactorio o la que permita que se escurra su ingrediente explosivos fluidos, haciendo inseguro su transporte o almacenamiento.
- Explosivos en mal estado.
- Explosivos mal embalados, según normas y aún lo más marcados.
- Envases de altos explosivos deteriorados o con filtraciones.

Se rechazará, definitivamente, todo envase que tenga demostraciones de humedad excesiva, tendencia a amoldarse o manchas de aceite o cualquier otro signo, que la absorbencia de la parte fluida de explosivo no es perfecta, o de que la cantidad de fluido es superior a la que el absorbente puede admitir. En todos estos casos, el remitente deberá retirarlos en el acto.



3 comentarios:

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    nombre de los equipos en las imágenes?
    porfavor!

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